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Control Fiscal

El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación, segun la La Constitución Política de 1991, en su artículo 267.

La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas.

La Constitución Política de 1991, en su artículo 267, establece que: "El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación". 

En la Carta Política, el control fiscal a la gestión pública pasó de ser previo y perceptivo, a posterior y selectivo. No obstante, el nuevo enfoque del control permite la aplicación de un control de advertencia o de prevención, para que el administrador público conozca en tiempo real las inconsistencias detectadas por la Contraloría y, mediante la aplicación de un control de corrección, proceda a subsanarlas, con lo cual lograremos entidades más eficientes y eficaces, cumpliendo con el fin último del control que es el mejoramiento continuo de las entidades públicas.

Actualmente, la entidad cuenta con una planta de personal de 4.057 cargos de los cuales 3.934 son cargos de carrera administrativa y 123 son de libre nombramiento y remoción. Los cargos en todo el país tienen su sistema de carrera administrativa especial plenamente desarrollado y aplicado.

¿Cómo se ubica en la estructura del Estado?
La Contraloría General de la República es uno de los órganos autónomos e independientes del Estado, al lado del Ministerio Público, el Consejo Nacional Electoral y la Comisión Nacional de Televisión.

¿Quién nos controla?
La Auditoría General de la República es la entidad encargada de ejercer el control fiscal sobre la gestión de la CGR y de las contralorías territoriales.

Cabe anotar que a partir de la Constitución de 1991, la Auditoría General de la República comenzó un proceso de independencia presupuestal frente a la CGR, con el artículo 274, que se hizo efectivo con la sentencia de la Corte Constitucional 1339 de 2000.

¿Qué hace la CGR?
En cumplimiento del artículo 119 de la Constitución Nacional, la Contraloría General de la República ejerce, en representación de la comunidad, la vigilancia de la gestión fiscal y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.

Evalúa los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del Estado, al determinar si adquieren, manejan y/o usan los recursos públicos dentro del marco legal, sujetos a los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y sostenibilidad ambiental.

Examina la razonabilidad de los estados financieros de los sujetos de control fiscal y determina en qué medida logran sus objetivos y cumplen sus planes, programas y proyectos.

Tiene a su cargo establecer la responsabilidad fiscal de los servidores públicos y de los particulares que causen, por acción o por omisión y en forma dolosa o culposa, un daño al patrimonio del Estado.

Impone las sanciones pecuniarias que correspondan y las demás acciones derivadas del ejercicio de la vigilancia fiscal.

Procura, igualmente, el resarcimiento del patrimonio público. En ejercicio de la denominada jurisdicción coactiva, intenta recuperar los recursos y bienes públicos que han sido objeto de deterioro como resultado de su mala administración o que han sido apropiados en forma indebida por los funcionarios o por los particulares.

Adicionalmente, la Contraloría General de la República genera una cultura de control del patrimonio del Estado y de la gestión pública.

El organismo fiscalizador promueve la transparencia en el uso de los recursos públicos, mediante un proceso estratégico y focalizado en aquellas entidades y/o áreas de alto riesgo previamente identificadas.

La CGR vincula activamente a la ciudadanía en el control de la gestión pública y apoya técnicamente al Congreso de la República para el ejercicio del control político y el desarrollo de la función legislativa.

¿Cómo lo hace la CGR?
Misión: Vigilar la gestión sobre el manejo de los recursos públicos, generando una cultura de control fiscal inspirada en principios morales y éticos.

Visión: Tener una administración pública, fundamentada en la eficiencia y moralidad.

La función de control y vigilancia fiscal que le corresponde a la Contraloría General de la República se concreta en tres labores misionales:

  • Control macro
  • Auditorías (control micro)
  • Responsabilidad fiscal
  • Además, la CGR cuenta con otros controles que, junto al control ciudadano, dan soporte a las labores misionales mencionadas.

Las relaciones técnicas con el Congreso, por su parte, buscan contribuir a la labor de control político del ente legislativo, con base en los insumos que se desprenden del control fiscal.

Mecanismo para reportar irregularidades
La participación ciudadana se convierte sin lugar a dudas, en fundamental para el logro de resultados positivos en la lucha contra la corrupción, puesto que la labor de la Contraloría General de la República sumada al concurso de la ciudadanía conforman una estrategia con la que se puede combatir uno de los flagelos más graves que afectan a nuestra nación.

Para tal fin usted en calidad de ciudadano, puede contribuir en el logro de estos propósitos, denunciando en forma responsable y objetiva, hechos que considere que van en contra del buen uso de los recursos públicos. Tenga en cuenta los siguientes aspectos:

Competencia de la Contraloría General de la República
Usted debe tener en cuenta que por mandato del artículo 267 de la Constitución Nacional la Contraloría General de la República tiene bajo su responsabilidad el control fiscal de los bienes y fondos de la Nación, vigilando para el efecto la gestión fiscal de la administración, y de los particulares o entidades que manejen estos recursos.

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