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Responsabilidad Fiscal

Coordinar, supervisar, controlar y ejecutar los procesos de la dependencia, aplicando los conocimientos propios y especializados de su carrera profesional; procurando la oportuna y debida prestación del servicio, como la efectividad de los planes, programas y proyectos de la entidad.

Coordinar, supervisar, controlar y ejecutar los procesos de la dependencia,  aplicando  los conocimientos propios y especializados de su carrera profesional; procurando la oportuna y debida prestación del servicio, como la efectividad de los planes, programas y proyectos de la entidad, conforme a las normas y  procedimientos establecidos por la Contraloría Departamental; para cumplir la función, misión, visión y objetivos institucionales de acuerdo a la constitución, la ley y normas establecidas.

En Responsabilidad Fiscal:

1. Asistir al Contralor Departamental de Bolívar en la adecuada aplicación de las normas y procedimientos  referidos al ámbito de su competencia.

2. Coordinar, supervisar y controlar  la programación y ejecución de las funciones del área.

3. Programar y coordinar las actividades  y comisiones  de servicio a realizar por los profesionales universitarios asignados a esa área definiendo estrategias  y prioridades.

4. Solicitar al Contralor Departamental la imposición de multas y/o sanciones  para los servidores públicos que no atienden los requerimientos de la Contraloría Departamental de Bolívar.

5. Orientar la implementación de un sistema  estadístico  que demuestre el trabajo general del área para poder establecer  en forma porcentual  y analítica los resultados  comparados  con las metas  y objetivos  propuestos.

6. Evaluar y sugerir  al Contralor Departamental de Bolívar las posibles modificaciones o ajustes a políticas, normas y procedimientos de su área, buscando el mejoramiento continuo de la dependencia.

7. Diseñar en coordinación con el contralor Departamental de Bolívar, los planes de investigación que se deben adelantar conjuntamente  con la Fiscalía General de la Nación  y la Procuraduría General de la Nación.

8. Adelantar oficiosamente  las indagaciones preliminares y los procesos de responsabilidad fiscal que se requieran por hechos relacionados contra los intereses  patrimoniales del estado, dentro de los términos  establecidos por ley.

9. Comisionar a los profesionales universitarios para la práctica de pruebas en las indagaciones preliminares  y procesos de responsabilidad fiscal.

10. Solicitar información a entidades  oficiales  o particulares  en procura de datos  que interesen para solicitar la iniciación de procesos de responsabilidad fiscal  o para las indagaciones  o procesos  en trámite, inclusive  para lograr  la identificación de bienes  de las personas  naturales o jurídicas  comprometidas en los hechos generados de años patrimonial  al Estado,  sin que al respecto  le sea oponible reserva alguna.

11. Denunciar bienes de los presuntos responsables ante las autoridades judiciales, para que se tomen las medidas cautelares correspondientes, sin necesidad de prestar caución.

12. Solicitar la colaboración gratuita de las autoridades de todo el orden en los procesos  o indagaciones preliminares que se estén adelantando.

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